EDAD APARENTE

2.4.3 Edad aproximada de las construcciones.

Se deberá mencionar la edad con base en la fuente documental presentada.

En inmuebles que hayan sido objeto de alguna reconstrucción o remodelación, se deberá indicar la edad aproximada, especificando si abarcó elementos estructurales o sólo acabados.

A falta de esta información, se indicará la edad aparente debidamente fundamentada.

Esta información, con independencia de la presentación requerida para cálculos, se presentará en meses.